Al preparar
este ensayo y comenzar a investigar sobre la relación entre la “globalización”
y el “derecho”, me llamó poderosamente la atención el
poder que ejerce este fenómeno mundial que cambia radicalmente la percepción en
cuanto a su relación con el derecho y el Estado.
Si bien la
globalización solo se miraba desde una perspectiva económica, los Estados deben
enfrentar una serie de cambios a nivel del derecho, con la finalidad de resguardar
sus intereses nacionales pero sin afectar las relaciones con el resto de los
países del mundo. Hay muy pocos países que aún continúan en su burbuja, como es
el caso de Cuba, aunque igualmente no puede vivir sin las externalidades o
apoyo que encuentra en otros países que auspician su forma de enfrentar sus
relaciones con el resto del mundo.
Pues bien,
ante este escenario disperso en un mundo globalizado, el derecho ha debido
obligatoriamente ir variando y adaptándose a esta nueva realidad. De hecho, la
clase de Derecho Internacional Público, que muchos observan de bajo perfil, es
la rama en la cual se refleja claramente los ajustes normativos y
recomendaciones que han debido enfrentar los Estados, con recomendaciones que
van enmarcados a la protección de los derechos humanos, comerciales, sociales,
culturales, políticos, etc., desde una perspectiva absolutamente globalizada.
Es más, la
globalización y su relación con el Estado y el Derecho, viene desde tiempos
remotos, solo hay que remontarse a la ejercicio imperialista de Roma, que
implico que muchos pueblos adquirieran sus competencias judiciales y para que
estas incidieran en la vulgarización de este derecho, que por lo demás perdura
hasta nuestros días en muchas de las instituciones jurídicas que están
incorporadas en los Códigos de nuestro país y del resto del mundo. Esta
masificación y sociabilización de conductas legales y tradicionales en los
países invadidos fue una globalización a escala del territorio descubierto en
ese tiempo, pero que incluso fue capaz de traspasar las barreras del tiempo,
rompiendo las barreras europeas e instalándose fuertemente en los pueblos
latinoamericanos que lo ejercen jurídicamente hasta el día de hoy.
A esto se
suman los tratados internacionales que han surgido post guerras mundiales,
donde todos los Estados del mundo han tratado de buscar la paz y dejarla
plasmada en acuerdos que hasta ahora nunca han tenido el efecto esperado,
porque igualmente se generan conflictos bélicos que de alguna manera obstaculizan
el desarrollo a escala mundial de una
política globalizada, dado que la soberanía de los países continúa estando
presente en todos los ámbitos políticos, con decisiones políticas autónomas y
respetadas en los tratados internacionales.
En tal sentido, la globalización y el derecho no pueden ser separados.
Como tampoco el Estado que representado por el gobierno de turno, debe
necesariamente considerar las relaciones exteriores como parte fundamental de
un mundo globalizado. Su fin principal, salvaguardar los intereses nacionales
pero sin perder la oportunidad de tener aliados estratégicos que resguarden sus
intereses en cualquier parte del mundo.
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